-La doctrina de la deuda odiosa, Roc Armenter, VIII-
-Deuda repugnante, X. Sala i Martín, IV-03.
La doctrina de la deuda odiosa
Roc Armenter, economista de la Northwestern University
LV, 2-VIII
En un reciente artículo publicado en las páginas de “La Vanguardia” (11/VII/2003), los profesores de Economía de la Universidad de Massachussets James K. Boyce y Leonce Ndikumana argumentaban a favor de la “doctrina de la deuda odiosa”. Muchos países del África subsahariana tienen que cargar con el pago de elevadas sumas de deuda externa. Una parte significante de éstas es el resultado de préstamos concedidos a dictadores y gobernantes corruptos que no dudaron en desviar fondos internacionales a sus cuentas privadas: es la llamada “deuda odiosa”. La doctrina defiende el derecho de estos países a hacer una “repudiación selectiva”: sólo se debería cumplir con el pago de los préstamos que tuvieron en su momento una finalidad productiva.
Los citados autores norteamericanos afirmaban que, dado que África es un continente acreedor neto con respecto al resto del mundo, sería la parte ganadora de esta operación. Y es más, semejante repudiación selectiva, añadían, llevaría a “fomentar usos más responsables en materia de préstamos”.
En mi opinión, nada más lejos de la realidad. Si se perdona toda la “deuda odiosa”, el tipo de interés resultante es de -100%, es decir, no sólo no se pagan intereses, sino que no hay que devolver ni siquiera el principal. Eso sí, en caso de que el gobernante hubiera tenido la “ocurrencia” de financiar un proyecto productivo, se premiaría la iniciativa cargando la deuda con un tipo de interés positivo. ¿A eso se llama fomentar el uso responsable de los préstamos?
Es cierto que a corto plazo repudiar la deuda aliviaría la economía de muchos países africanos que se debaten en una pobreza extrema. Pero a largo plazo, una suspensión de pagos unilateral sería un peligroso precedente para un continente que necesitará fondos externos para desarrollarse.
Pero estoy de acuerdo con una de las tesis de los profesores Boyce y Ndikumana: pretender que siempre hay que pagar toda la deuda es absolutamente indefendible. Lo que hay que hacer, por tanto, es diseñar el proceso de repudiación de la deuda para dar a estos países los incentivos correctos.
Por ejemplo, se podrían premiar los avances democráticos o en la defensa de los derechos humanos con la condonación de una parte de la deuda –independientemente de en qué hubiera sido utilizada–. Esto también incentivaría a los inversores a proporcionar menos fondos a dictadores o gobiernos corruptos. Sería importante que las condiciones de renegociación estuvieran claras desde un buen principio: sería suficiente, por ejemplo, establecer un protocolo sobre préstamos a países en vías de desarrollo y un organismo para verificar su estricto cumplimiento. Esta propuesta no está exenta de problemas, pero al menos no recompensa el despilfarro de recursos.
Para un uso responsable de los préstamos, es necesario que los deudores sean responsables. Y responsabilidad quiere decir hacerse cargo de las consecuencias. En otras palabras, nos encontramos de nuevo con el omnipresente dilema de la disciplina: si rescatamos el país de su deuda, no hacemos sino recompensar a los gobernantes corruptos que han llevado a su país al desastre. Si no lo rescatamos, entonces dificultamos su camino hacía el desarrollo.