īCumplir los plazosī, Miquel Roca Junyent

Un gran objetivo para ayudar a la recuperación económica lo constituye la simplificación administrativa. Que todo sea más fácil; que iniciar una nueva actividad sea más rápido, que obtener licencias o lograr informes no sea un trámite insalvable. Una Administración rápida y eficaz parece algo imposible; está en el terreno de los deseos que nadie cree que pueda ver realizados en un horizonte próximo.

Pues no debería ser así y nada justifica que no lo sea. Se trata, pura y simplemente, de cumplir los plazos que la ley señala. Hoy por hoy, los plazos sólo son exigibles para los ciudadanos. Si no se cumplen se pierden automáticamente derechos, caducan instancias, prescriben acciones. Los ciudadanos que no cumplen los plazos que la ley señala son severamente castigados por la propia ley; pierden su amparo. Así, sin más; sin necesidad de ningún otro trámite, la ley arrebata a los ciudadanos sus legítimos derechos por no haberlos ejercitado dentro del plazo establecido para ello.

Pero la Administración no tiene castigo por no cumplir los plazos que la ley también le impone. Es más, por principio no los cumple nunca; quizás habrá alguna excepción, pero la tónica general es que los plazos no tienen por qué ser respetados por la Administración. Y, además, sin ninguna responsabilidad. Puede incumplirse la obligación, sin que ello acarree ninguna responsabilidad. La Administración exige a los ciudadanos que cumplan la Ley que ella no va a respetar.

Esto alcanza a todas las administraciones, incluida la de Justicia. Los derechos de los ciudadanos son limitados en base a la ilimitada capacidad de la Administración de incumplir con sus obligaciones. Esta relación no es propia de un Estado de Derecho, establece un sistema discriminatorio, deslegitima a los administradores y les incapacita para predicar desde su pretendida ejemplaridad.

Esto no puede seguir así. Y no es difícil arreglarlo. Los plazos que la Administración no cumpla no deben en ningún caso perjudicar al ciudadano. El ciudadano no puede ni debe asumir los costes de los retrasos, silencios e incompetencias de la Administración.

Los plazos obligan a todos.

29-III-11, Miquel Roca Junyent, lavanguardia