la Pātria (té la) Potestat dels nostres fills

El Ministerio de Educación consideró ayer que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que estima un deber la escolarización de los menores es de gran importancia, porque resulta "fundamental" que los niños vayan al colegio para garantizar mejor su socialización. El secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera, afirmó que las autoridades educativas tienen la convicción de que "cuando los niños van al colegio, además de aprender, también se socializan, aprenden comportamientos de grupo que nos parecen fundamentales".

El Tribunal Constitucional (TC) cerró ayer la puerta a la posible educación de los menores completamente al margen del sistema educativo. En una sentencia de la que ha sido ponente la propia presidenta de la institución, María Emilia Casas, el Constitucional considera que "está excluida" la opción de organizar la enseñanza de los hijos en el domicilio familiar, en lugar de facilitar su normal escolarización, como pretendían los padres de unos menores de Málaga, que argumentaron que de este modo les podían dar una educación mucho más completa y de mayor calidad.

Enterada del caso, la Fiscalía -que tiene como deber genérico velar por los derechos de los menores- planteó el caso en el juzgado de primera instancia número 2 de Coin (Málaga) para que el juez ordenase la inmediata escolarización de los hijos de dicho matrimonio. El juzgado así lo acordó, pero los padres recurrieron a la Audiencia malagueña, que volvió a resolver el asunto a favor de la escolarización de los menores. Agotados los recursos ante la justicia ordinaria, los padres recurrieron en amparo ante el TC, que ha resuelto el caso en los mismos términos que las instancias anteriores, estimando que no cabe la educación domiciliaria como sustitutiva de las prestaciones del sistema educativo.

Obviamente, la enseñanza puede complementarse en el hogar, pero sin perjuicio de la escolarización obligatoria, entre los 6 y los 16 años. La sentencia deja claro, por tanto, que la libertad de enseñanza de los padres supone la facultad de enseñar "libremente" a sus hijos fuera del horario escolar, pero sin que ello pueda implicar que se desatienda el deber de mandarles a la escuela.

El eje de la tesis del Constitucional es, en suma, que la determinación de que existe un periodo de enseñanza básica con escolarización obligatoria no supone una merma de los derechos fundamentales de los padres a educar a sus hijos conforme a sus creencias y principios. Pero añade que, aunque afectara a supuestos derechos de esos mismos padres sobre sus hijos, "habría de considerarse una medida proporcionada que encuentra justificación en la satisfacción de otros principios y derechos constitucionales". El Constitucional precisa, en todo caso, que el poder legislativo puede optar por medidas que flexibilicen el sistema educativo, porque la Constitución no establece "directamente" un deber de escolarización.

Del mismo modo, la Constitución no prohíbe que el poder legislativo configure un sistema de enseñanza básica obligatoria "como un periodo de escolarización de duración determinada" durante el cual quedarían "excluidas" otras posibilidades de organizar la enseñanza. El Constitucional, en definitiva, sostiene en su resolución que la Carta Magna no permite a los padres de familia oponerse al derecho y la obligación de los hijos de participar en el sistema oficial de educación.

La resolución del TC subraya que lo decidido anteriormente por las instancias judiciales que se ocuparon del caso y su propio fallo "no impiden en modo alguno que los recurrentes enseñen libremente a sus hijos fuera del horario escolar". Por tanto - añade la sentencia del Constitucional-,"la libertad de enseñanza de los padres se circunscribe en este contexto a la facultad de enseñar a los hijos sin perjuicio del cumplimiento de su deber de escolarización

17-XII-10, J.M. Brunet, lavanguardia

Sentencia contra la enseñanza en el hogar

17 de Diciembre de 2010, p-lib.es
El Partido de la Libertad Individual (P-Lib) discrepa profundamente de la sentencia liberticida que ayer emitió el Tribunal Constitucional. En un fallo torpe y contrario al fin supremo de afirmación de derechos y libertades que constituye la base del constitucionalismo, el TC excluye expresamente la posibilidad de que los padres eduquen a sus hijos en el hogar y obliga a canalizar la escolarización a través del sistema público o privado de enseñanza.

El P-Lib afirma el derecho inalienable de todos los niños a la educación, y de todos los padres a escoger con libertad la manera de cumplir con su obligación de facilitar a sus hijos ese derecho. En la práctica, esta sentencia arbitraria, injusta y colectivista obliga a los padres a escoger entre la enseñanza estatal o la ofrecida por empresas vinculadas a la religión mayoritaria, ya que pocos centros educativos (casi ninguno en ciudades pequeñas o en zonas rurales) son ajenos a una de esas dos categorías.

El movimiento home schooling es internacional. Ofrece una respuesta legítima a la soberana voluntad de muchas personas. En muchos países está permitida y regulada la enseñanza en casa y el P-Lib no comprende las misteriosas razones que han llevado al TC a considerar que esa opción no cabe en nuestra carta magna. La enseñanza en el hogar es una opción adecuada para grupos minoritarios de personas que están en viaje constante, o para familias  en las que los padres son profesionales de la enseñanza retirados que simplemente prefieren su propia labor a la de un centro, o para quienes pertenecen a comunidades religiosas, filosóficas o culturales minoritarias y viven en zonas donde no hay suficientes familias similares para la escolarización colectiva de sus hijos. Y puede haber muchos otros casos. En su afán de homogeneizar la sociedad mediante una pavorosa ingeniería social, los colectivistas de todo signo político, representados desde luego en el TC, desconfían de la enseñanza en el hogar y, sin confesar sus razones últimas, se agarran a tecnicismos constitucionales para negar a las personas y a las familias una faceta importante de su libertad.

El P-Lib reivindica nuevamente una educación enteramente privada, puesta al alcance universal de todos los ciudadanos mediante mecanismos de cheque escolar para que quienes no puedan atender el coste no se vean condenados al sistema estatal. La sana competencia entre miles de empresas educativas, una vez eliminada la competencia desleal del pésimo sistema público, generará mayor calidad y diversidad y precios más reducidos, por lo que la necesidad de emitir cheques de escolarización será cada vez menor. En este marco educativo cabe, por supuesto, la opción de acometer la enseñanza en el hogar, sujeta a criterios y pruebas de homologación similares a los de cualquier otra escuela.

El P-Lib alerta a la ciudadanía sobre el riesgo grave de que nuestra Constitución se pervierta por este tipo de interpretaciones aberrantes, deviniendo un corsé que oprima nuestra libertad en lugar de ser el texto legal que la articula.