impedir l´extradicció d´en Murat Ajmedovich Gasayev a Rússia

carta al Govern d'Espanya respecte a l'extradicció d'en Murat Ajmedovich Gasayev

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España debe detener inmediatamente los planes de extraditar a un individuo de la etnia chechena a Rusia, donde estará en riesgo de ser sometido a tortura, declaró hoy Human Rights Watch.

A fin de asegurar la extradición del hombre, Murat Ajmedovich Gasayev, las autoridades rusas han extendido "garantías diplomáticas" de que no será expuesto a tortura u otras formas de maltrato durante su detención. Moscú ha ofrecido permitir que diplomáticos españoles visiten a Gasayev en custodia. Sin embargo, la investigación de Human Rights Watch ha mostrado que tales promesas, incluidos los ofrecimientos de las autoridades rusas, no son confiables como protección contra abusos.

"Las autoridades españolas parecen querer deshacerse de Gasayev a toda costa", dijo Julia Hall, abogada principal del Programa sobre Terrorismo y Antiterrorismo de Human Rights Watch. "Pero las promesas vacías ofrecidas por Moscú no lo protegerán contra los abusos - esto sólo puede lograrse deteniendo la extradición".

A Gasayev se le requiere en relación con un ataque perpetrado por un grupo armado contra edificios gubernamentales en la República de Ingushetia en junio de 2004. Fue detenido por tres días en agosto de 2004 por el Servicio Federal de Seguridad (FSB, por sus siglas en inglés) en Ingushetia y asevera que durante su interrogatorio se le torturó y maltrató. Luego fue puesto en libertad sin ningún cargo y buscó refugio en España.

La solicitud de extradición parece basarse en declaraciones posteriores de un prisionero que se encontraba bajo la custodia rusa, quien al ser interrogado por el FSB dijo que Gasayev había participado en las acciones de junio de 2004. Más adelante, ese detenido se retractó de su declaración aduciendo que había sido sometido a golpizas, tortura con electricidad y amenazas contra su familia.

Moscú no honró las promesas de juicio justo y trato humanitario que le hizo a Estados Unidos cuando trasladó a siete detenidos en la Bahía de Guantánamo a Rusia en marzo de 2004.

Adicionalmente, numerosos casos de tortura contra individuos chechenos e ingushes sospechosos de haber participado en el ataque de junio de 2004 y en otros actos insurgentes son descritos en detalle por la organización de derechos humanos Memorial, con sede en Moscú, en su informe de septiembre de 2005, "A Conveyer of Violence: Human Rights Violations During Anti-Terrorist Operations in the Republic of Ingushetia" ["Un transmisor de violencia: Violaciones a los derechos humanos durante las operaciones antiterroristas en la República de Ingushetia"].

"Este caso tiene todas las características de una situación en la cual existe una probabilidad real de que se recurrirá a la tortura", dijo Hall. "Gasayev pertenece a un grupo que rutinariamente es torturado, él mismo ha sufrido maltrato en el pasado y el FSB obtuvo información de otro prisionero bajo tortura como fundamento para solicitar la extradición. Éstas son serias alertas que no pueden desvanecerse con la promesa de unas cuantas visitas de diplomáticos españoles".

Human Rights Watch le manifestó esas preocupaciones al gobierno español en una carta de mayo de 2008. En una decisión de noviembre, la Audiencia Nacional, un tribunal federal español que conoce casos de seguridad nacional, dictaminó que las autoridades españolas debían consultar al Consejo de Europa para determinar si éste podía hacer arreglos a fin de supervisar el trato dado a Gasayev, más probablemente procurando la participación del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT), un órgano europeo que supervisa las prisiones.

Este cuerpo supervisor, al que no se le hicieron consultas antes de que la Audiencia Nacional emitiera su dictamen, con frecuencia ha expresado serias preocupaciones acerca de la tortura y maltrato por parte de las fuerzas de aplicación de la ley y los operativos de seguridad en Chechenia. De hecho, el grupo supervisor ha condenado públicamente tres veces al gobierno ruso en años recientes por abusos de tortura en Chechenia y su total falta de rendición de cuentas por estos crímenes.

Como alternativa, el gobierno español dijo que haría arreglos para que el personal diplomático de su misión en Moscú realizara visitas de supervisión a Gasayev tras su retorno. El 1 de diciembre, la Audiencia Nacional aprobó estos arreglos. El 15 de diciembre, la Corte Europea de Derechos Humanos rechazó la solicitud de Gasayev de que emitiera una orden contra su salida de España.

Sin embargo, Human Rights Watch ha documentado otro caso en el que las autoridades rusas prometieron dar acceso a centros de detención a una delegación supervisora, pero luego se rehusaron a permitir las visitas.

En ese caso particularmente atroz en 2003, las autoridades rusas le negaron a una delegación de la Corte Europea de Derechos Humanos el acceso a cinco chechenos que fueron extraditados de Georgia a Rusia, a pesar de haberle prometido a la Corte que los hombres tendrían acceso irrestricto a tratamiento médico, a asesoría legal y a la propia Corte Europea. En abril de 2005, la Corte halló que Rusia había violado la Convención Europea de Derechos Humanos al obstruir la visita de investigación de la Corte y negarle acceso a los solicitantes. La Corte también dictaminó que la extradición a Rusia de uno de los hombres que aún se encontraba en Georgia violaría la prohibición de la tortura, pese a las garantías de trato humanitario extendidas por Moscú.

Aun si a los diplomáticos españoles se les permitiera visitar a Gasayev, ellos no podrían garantizar su seguridad. La tortura suele practicarse en secreto, a menudo utilizando métodos que desafían la detección (por ejemplo, tortura psicológica, abuso sexual, el uso de electricidad). Y los prisioneros, temiendo represalias contra ellos mismos o sus familias, con frecuencia tienen miedo de hablar con supervisores acerca del abuso que están sufriendo.

"En el pasado los rusos han incumplido las garantías de permitir que supervisores realicen visitas", dijo Hall. "Más aun, la supervisión posterior al retorno no puede proteger a la gente contra abusos que ocurren en secreto, cuya intención es intimidar a un prisionero, y de los cuales no se rinden cuentas".

16-XII-08, hrw