perquè el Tribunal de Cuentas no compta els comptes de l’Esglèsia catòlica?

El organismo se ampara en el Acuerdo económico entre el Estado Español y la Santa Sede de 1979 y obvia que estaría facultado por la ley de Transparencia.

Desde el Tribunal de Cuentas se advierte de que la Iglesia podría estar “sobrefinanciada” o incurriendo en un “enriquecimiento injusto”.

En 2012, desde el Departamento Primero del Tribunal de Cuentas se solicitó incluir la fiscalización del 0,7% de la Iglesia Católica, pero el responsable de esta sección, Manuel Aznar, no lo consideró prioritario. En 2015, se rechazó por un “problema de tiempo”

Resultat d'imatges de iglesia ibiEl dinero que reciben del Estado las autoridades eclesiásticas españolas nunca ha sido fiscalizado por el Tribunal de Cuentas, ante el que sí comparecen, por ejemplo, los partidos políticos o las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs), entidades sin ánimo de lucro. La Iglesia Católica, bien protegida por los Acuerdos de España con la Santa Sede (1979), se limita a presentar una memoria con el uso que ha hecho de los fondos públicos, en el que tampoco figura documentación alguna que acredite de forma fehaciente la citada utilización.

Desde el propio Tribunal de Cuentas se apunta que, si hubiese voluntad real de fiscalizar el dinero de los ciudadanos que recibe la Iglesia Católica, podría hacerse aplicando la ley de Transparencia aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy. En el art. 3 de esta norma, se declara sujetas a sus mandatos -entre los que se incluye publicitar recursos económicos de los que dispone y actividades que realiza- a las entidades privadas que perciban ayudas o subvenciones públicas, si cumplen alguno de los siguientes requisitos: “Que las ayudas sean superiores a los cien mil euros, o que al menos, el 40% de sus ingresos tenga carácter de subvención o ayuda pública”.

El Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos de 3 de enero de 1979 blinda de forma férrea a las autoridades católicas de tener que dar explicaciones contrastadas sobre el destino del dinero público que reciben. Concretamente, en el “Protocolo adicional”de este convenio de hace más de 36 años se recoge que la “dotación” que el Estado destine a la Iglesia Católica, a través de los Presupuestos Generales del Estado, ha de cuantificarse conforme a “los fines a que destine la Iglesia los recursos recibidos del Estado en consideración a la memoria a que se refiere el párrafo siguiente”; éste que es “la aplicación de los fondos, proyectada y realizada por la Iglesia, dentro del conjunto de sus necesidades, de las cantidades a incluir en el presupuesto o recibidas del Estado en el año anterior, se describirá en la memoria que, a efectos de la aportación mencionada, se presentará anualmente“. Es decir, la Iglesia decide el dinero público que necesita conforme a los fines que ella fija también y justifica su gasto con una memoria que constituye un “relato” del gasto que también ella había reivindicado.

Fuentes del Tribunal de Cuentas reconocen a Público, además, que “el problema es que la Iglesia Católica no se financia únicamente con el 0,7% del IRPF”, sino que recibe también cantidades “desconocidas” imposibles de cuantificar y procedentes de conciertos educativos, sanitarios o “a través de sus propias entidades destinadas a fines sociales, como Cáritas o Manos Unidas”.

El 0,7% del IRPF destinado a la Iglesia Católica fue fijado según la “Disposición adicional decimoctava” de la ley que fija los PGE 2007 (42/2006) y que aborda la “Revisión del sistema de asignación tributaria a la Iglesia Católica de 2007″, igualándola al 0,7% correspondiente a la casilla de “fines sociales”. Con la diferencia, advierten desde el organismo fiscalizador, de que “a las entidades sin ánimo de lucro que atienden necesidades sociales -y entre las que se encuentra la citada Cáritas-, se les detalla un régimen de justificación muy estricto procedente de la ley de subvenciones”, en cuyo art. 9 obliga a justificar el gasto de dinero público con la “presentación de los documentos que acrediten la ejecución de la obra”, unos “documentos específicos” señalados en las convocatorias junto a los “plazos de presentación”.

Los Programas de Fiscalización que aprueba el Congreso de un año para otro y a propuesta del Tribunal de Cuentas nunca han incluido a la Iglesia Católica. Sin embargo, desde el Departamento Primero del órgano fiscalizador, que engloba los ministerios económicos de la Administración General del Estado (AGE), “se solicitó en 2012″ que se incluyese para el Programa de 2013, aseguran a este diario fuentes del Tribunal de Cuentas. Sin embargo, según los mismos interlocutores de Público, el director de ese Departamento, Manuel Aznar (hermano del expresidente del Gobierno) “contestó formal y expresamente que esta línea no estaba dentro de las prioridades” de su sección.

Una “declaración de intenciones”

En el diseño del programa para 2015, volvió a solicitarse la fiscalización del dinero público que recibe la Iglesia Católica vía PGE, pero en esta ocasión, el Departamento Primero lo rechazó por un “problema de tiempo”. Con todo, según informan las fuentes internas del Tribunal fiscalizador consultadas, en el pleno donde se manifestó también la “necesidad de fiscalizar las exenciones fiscales concedidas a la Iglesia”, se adoptó un acuerdo para introducir “las modificaciones necesarias en el Programa para posibilitar esos exámenes”. Todo quedó, subrayan desde el Tribunal de Cuentas, en “una mera declaración de intenciones” sin concreción alguna.

¿Por qué se evita continuamente abordar el asunto de la fiscalización del dinero público que recibe la Iglesia Católica cuando la sociedad demanda más transparencia a sus instituciones? En el propio Tribunal de Cuentas se tiene la impresión de que “si se conociese la cuantía total recibida por todos los conceptos y se dispusiera del listado de actividades desarrolladas”, se llegaría a la “conclusión de que la Iglesia está sobrefinanciada“. Es más, y en “términos jurídicos”, advierte un miembro del Tribunal de Cuentas, “es muy posible que la Iglesia esté obteniendo un enriquecimiento injusto con esta forma peculiar de financiación, que suma vías finalistas y otras de sostenimiento general”.

El problema para sacar adelante la fiscalización del dinero público que recibe la Iglesia, se señala desde el mismo órgano, está en el Acuerdo con la Santa Sede del 79, donde late “la ausencia de un parámetro de validez en la justificación del 0,7%”. Es decir, aclaran las fuentes, “si no hay una norma que me detalle cuáles son los requisitos que yo tengo que cumplir a la hora de justificar el destino de las cantidades entregadas, no hay institución que, posteriormente, me pueda hacer reproche alguno”. Así ocurrió, por ejemplo, con la cuenta municipal de 7,1 millones de pesetas de la que disponía el exalcalde de Madrid, José María Álvarez del Manzano, para dar limosnas a quien él creyera conveniente y que incluía a afortunadas como la vigilia de la Inmaculada o las monjas de La Latina.

Por: Ana Pardo de Vera · Fuente: Público · 25 marzo, 2015, laicismo.org